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¿Finiquito o indemnización?: conceptos, diferencias y cálculo

que diferencia hay entre indemnizacion y finiquito

Siempre que uno de tus trabajadores se va de la empresa, tienes la obligación de entregar el finiquito, una indemnización o ambos. ¿Has oído alguna vez hablar de ellos? Desde nuestra asesoría laboral en Madrid te contamos sus aspectos más importantes para que estés al día.

 

¿Cuál es la diferencia entre finiquito e indemnización?

 

Mientras que el finiquito hace referencia a todo lo que la empresa le falta por pagar al empleado durante el año, la indemnización supone una compensación económica debido a un despido improcedente

De hecho, la indemnización no se cobra en todas las ocasiones, pero el finiquito sí.

Vamos a desgranar ambos conceptos para que entiendas mejor sus diferencias y particularidades:

 

¿Qué es un finiquito?

 

Consiste en un documento que detalla de forma explícita el cese de la actividad de un empleado con la empresa. Asimismo, en este escrito se reflejan las cuentas que tienen pendientes ambas partes: vacaciones, pagas extra, días laborables…

Ten en cuenta que, debes entregarlo en cualquiera de los casos: renuncia, baja voluntaria, despido o fin de contrato

 

¿Qué incluye el finiquito?

 

  • Salario pendiente de pago. Es decir, los días trabajados del mes hasta el fin del contrato, las horas extras pendientes de abono y los complementos o pluses, si corresponden. 
  • Parte proporcional de pagas extraordinarias. Si no se prorratean en el salario mensual, se abona la parte correspondiente a la última paga extraordinaria (verano y Navidad). 
  • Vacaciones no disfrutadas. El trabajador debe recibir el pago de los días de vacaciones que le corresponden y no ha disfrutado. 
  • Otras cantidades según el tipo de contrato o empresa. Por ejemplo, las dietas no abonadas, comisiones o incentivos. 

 

¿Qué plazo tiene la empresa para entregar el finiquito?

 

La ley no establece un plazo concreto para dar el finiquito al empleado. Pero, por norma general, lo debes presentar cuanto antes. Aunque, lo mejor es que lo hagas el último día de trabajo. De esta manera, podréis ajustar las cantidades a esa fecha. 

Sin embargo, si el trabajador pide la baja voluntaria y no lo avisa con antelación, será más complicado tenerlo listo el último día de la relación laboral.

En cualquier caso, te recomendamos que no pasen más de 10 días para la firma y el abono de las cantidades correspondientes, ya que el trabajador podría comenzar un proceso de reclamación. 

 

¿Cómo se calcula el finiquito?

 

Se trata de la suma de tres variables: salario pendiente, vacaciones devengadas y pagas extra. Vamos a verlo con un ejemplo para que te quede más claro:

Laura ha finalizado su contrato el 15 de mayo. Su sueldo mensual es de 1 800 €, no ha disfrutado 10 días de vacaciones y las pagas extra no están prorrateadas. Por tanto, los cálculos del finiquito se harían así:

 

1. Días trabajados de mayo:

  • Sueldo diario: 1 800 € ÷ 30 = 60 €
  • Días trabajados: 15
  • Total: 60 € × 15 = 900 €

2. Vacaciones no disfrutadas. 

  • Sueldo diario: 60 €
  • Días de vacaciones: 10
  • Total: 60 € × 10 = 600 €

3. Parte proporcional de pagas extra.

  • Tiene dos pagas al año (junio y diciembre): 1 800 € cada una
  • Parte proporcional acumulada de 5 meses: (1 800 × 2) ÷ 12 × 5 = 1 500 €

 

Como ves, se trata de un proceso simple, aunque un poco tedioso. Por eso, te recomendamos pedir ayuda a un asesor laboral. Gracias a sus conocimientos y su experiencia te aconsejará sobre lo más óptimo para tu negocio. Además, externalizar esta actividad te permitirá ahorrar tiempo y dinero, así como obtener una mayor productividad.

 

¿Qué es una indemnización laboral?

 

Se trata de una compensación económica que recibe un trabajador por despido o finalización de contrato. Su objetivo es recompensar al trabajador por la pérdida del empleo, y se incluyen posibles daños o perjuicios relacionados con la terminación de la relación laboral. En caso de baja voluntaria, el trabajador no tiene derecho a indemnización. 

Las compensaciones económicas varían según el tipo de despido:

  • Despido improcedente: 33 días por año trabajado.
  • Despido procedente:  20 días por año trabajado (máximo 12 mensualidades).
  • Fin de contrato temporal: 12 días por año trabajado (si se firmó después de 2015).

 

En MZG Asesores contamos con un equipo especializado en asesoría para pymes que te ayudarán con el cálculo de indemnizaciones y finiquitos por despido y fin de contrato. ¿Tienes miedo de cometer algún error? Contacta con nosotros a través del chat de nuestra web o llámanos.

 

Fecha de actualización del contenido: 21/07/2025

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