El Ministerio de Trabajo ha elaborado un proyecto de Ley que regula el trabajo a distancia y recoge algunas medidas que afectarán a empleados y empresas.
En los últimos años, algunas sociedades han apostado por la transformación digital. Mientras que unos van dando pequeños pasos en la digitalización de sus procesos de trabajo, otros en cambio lo han hecho de forma globalizada.
No obstante, todavía el teletrabajo genera muchas dudas. Por eso se hace tan necesaria una ley que lo regule.
En absoluto. En primer lugar, el teletrabajo hace referencia a toda actividad económica que se realiza mediante el uso exclusivo o prevalente de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de comunicación.
Por otro lado, el trabajo a distancia es aquel que se efectúa desde el lugar que el trabajador elige durante su jornada laboral o parte de ella.
1. Derecho al horario flexible. Dicha ley afirma que todo trabajador podrá alterar o escoger su propio horario para realizar la prestación de servicios siempre y cuando esté pactado de forma previa con la empresa. Aquí también se incluyen normas acerca de los tiempos de trabajo y descanso deberán respectarse en todo momento.
2. Gastos del teletrabajo. Las empresas no pagarán en su totalidad los gastos en los que incurra el trabajador desde su domicilio. Pero sí se harán cargo de aquellos que estén relacionados con los equipos, herramientas y medios necesarios para el desarrollo de la actividad laboral, pero no de otros como son el internet o la electricidad.
3. Voluntariedad. El trabajo a distancia nunca debe considerarse como una imposición. Al contrario, tendrá que ser de carácter voluntario, reversible y de previo acuerdo por escrito entre el empresario y la persona interesada.
4. Igualdad en las retribuciones y condiciones laborales. Las diferencias entre los trabajadores que van de forma presencial frente a los que eligen el teletrabajo son bastante evidentes. Sin embargo, hay que hacer hincapié en que no perjudique de ninguna manera a la estabilidad, nóminas y promoción de ninguno de los profesionales.
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