A la hora ejercer una actividad, todas las empresas que operan en territorio español están obligadas a pagar una serie de tributos. El Impuesto de Actividades Económicas o IAE es uno de los más importantes. Desde nuestra asesoría fiscal en Madrid te contamos qué debes tener en cuenta.
El Impuesto de Actividades Económicas grava de forma directa la realización de cualquier tipo de actividad económica.
Por otro lado, su periodo impositivo abarca un año completo desde el 1 de enero hasta el final 31 de diciembre. Sin embargo, si te has dado de alta durante el año en curso, se devengará a partir de esa fecha.
Este impuesto está regulado por la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y las tarifas y normativas aplicables están recogidas en el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre.
Las tarifas del IAE varían según la actividad económica que desempeñe la empresa. Estas actividades están clasificadas en epígrafes, y cada uno cuenta con una cuota específica que puede ser fija o variable.
Se dividen en tres secciones, según la Agencia Tributaria:
La AEAT también puede tener en cuenta criterios como la ubicación geográfica o las dimensiones del local para fijar la tarifa. Si quieres saber con exactitud cuánto tiene que pagar tu pyme, te aconsejamos que consultes del epígrafes incluidos en las Ordenanzas Fiscales Municipales de tu localidad.
Están obligadas al pago del IAE todas las empresas que:
Las pymes con una cifra de negocios inferior a este umbral están exentas del pago del impuesto, aunque deberán presentar la declaración correspondiente para justificar su situación.
Además, también están exentas:
— Modelo 840. Consiste en la declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas en el momento del alta, baja o variación.
— Modelo 848. Para comunicar el importe neto de la cifra de negocios.
— Modelos 036 y 037. Sirven para determinar todas las actividades económicas que lleves a cabo como empresa. En función de los epígrafes que marques, se te indicará la cuota que debes pagar.
Imagina una pyme que fabrica microchips y acaba de firmar un contrato clave con una multinacional. Para cumplir con la normativa, debe inscribirse en el epígrafe de actividad industrial y pagar la tarifa correspondiente en función del tamaño de su planta y su ubicación en un polígono industrial cercano a una gran ciudad.
O, por ejemplo, en un tienda exclusiva que opera en una calle principal del centro de una gran ciudad, la tarifa de la AIE estará influenciada por los metros cuadrados de su local y la alta densidad comercial de la zona.
En absoluto. La mayoría de personas suele confundirlos. Mientras que el IAE es un impuesto, el CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas), un código numérico sin implicaciones fiscales que sirve para agrupar todas las unidades productoras en función de la actividad económica que desarrolla una empresa.
Estar al corriente del pago de impuestos es fundamental para cualquier pyme. ¿Te cuesta estar al día o gestionarlos? Si es así, en MZG Asesores estamos aquí para ayudarte. Contamos con un equipo experto en asesoría para pymes: presencial en Madrid y online a toda España.
Fecha de actualización del contenido: 17/02/2025
GESTORÍA EN MADRID
C/ Aguacate, 41 - Edificio A-2 Planta 4
De lunes a jueves de 7 a 15 h.
Viernes de 8 a 14 h.
Torre de Cristal. Paseo de la Castellana 259 C-Planta18
De lunes a jueves de 7 a 15 h.
Viernes de 8 a 14 h.
TORREJÓN DE ARDOZ
C/ de la Plata, 70
De lunes a jueves de 7 a 15 h.
Viernes de 8 a 14 h.











Suscríbete a nuestro blog y recibe nuestras novedades, noticias del sector y promociones.
Para hacerte cliente sólo tienes que ponerte en contacto con nosotros a través de uno de los siguientes canales:
1) A través de nuestro teléfono gratuito 91 565 09 04.
2) Nuestro email
3) Nuestro formulario de contacto indicándonos la hora que mejor te convenga para que te llamemos.
Nosotros te enviaremos un email indicándote la información necesaria para darte de alta como cliente y los pasos a seguir.
Nuestras tarifan incluyen una cobertura integral completa para las áreas contratadas. Todas tus obligaciones fiscales, contables, mercantiles y/o laborales están cubiertas. Solo varían dependiendo si eres una sociedad o un autónomo, consúltalos a continuación:
Además, si lo deseas puedes contratar los servicios adicionales, no incluidos en el honorario fijo mensual, para cuando los pueda necesitar tu negocio. Solo tienes que preguntar a tu gestor personal por estos servicios. Servicios adicionales no incluidos en el honorario fijo / mensual:
En nuestra web en la pestaña de Precios podrás encontrar nuestra calculadora de precios. Solo tienes que indicar si eres pyme o autónomo y qué servicio quieres contratar. En ambos casos puedes contratar los 2 servicios a la vez o solo contratar uno de ellos.
Gestión contable, impuestos y servicios mercantiles:
En el caso de servicio de gestión contable, impuestos y servicios mercantiles solo tienes que indicar el número aproximado de facturas que emites y recibes al mes (si en tu negocio utilizas una caja registradora, cada resumen de caja diario equivale a una factura).
Recuerda, si a lo largo del ejercicio tu actividad varía, nos adaptamos. Siempre pagarás por lo que necesitas.
Y si tu volumen de facturas supera 125 entre emitidas y recibidas, por favor ponte en Contacto con nosotros y te diseñamos un plan a tu medida.
Nóminas y gestión de personal:
En el caso de servicio de nóminas y gestión de personal solo tienes que indicar el número de empleados que tienes.
Formas de pago:
El pago del servicio se realiza mes a mes por domiciliación bancaria. Durante el proceso de contratación se te solicitará la cumplimentación del mandato SEPA para la domiciliación de los recibos.
Todos los meses pagarás la misma cuota, sin sorpresas, siempre y cuando se mantengan las mismas características expuestas a la hora de contratación de los servicios. Sin embargo si en un futuro, tu negocio evoluciona y tienes menos facturas o menos empleados, tu tarifa se verá reducida. De igual forma, si tienes más facturas o más empleados, pasarás al siguiente paquete. De todas maneras, cualquier modificación sobre tu tarifa se te notificará con 15 días de antelación.
Los clientes de MZG Asesores se pueden poner en contacto con su gestor personal a través de diferentes canales: teléfono, aplicación de mensajería e email.
Nuestro horario de atención al cliente en nuestra oficina de Madrid es de lunes a jueves de 8 a 17 horas y los viernes de 9 a 14 h; en Torrejón de Ardoz es de lunes a viernes de 7 a 15 horas.
Si tu gestor está ausente (vacaciones, baja u otros motivos) automáticamente se te asigna a un suplente hasta que vuelva tu gestor habitual, para que nunca quedes desatendido.
> CONTACTAR CON UN ASESOR AHORA <
Comentarios