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¿Cómo cobrar el paro de autónomos?

paro autonomos

Aún hay quienes piensan que los trabajadores por cuenta propia no tienen derecho a cobrar una prestación por desempleo. Pero no es así. Te hablamos sobre el paro de los autónomos

 

¿Los autónomos tienen derecho a paro?

Sí, un autónomo tiene derecho a paro. Este funciona de forma distinta al de los empleados por cuenta ajena y recibe otro nombre: cese de actividad para autónomos. Se concede cuando el trabajador necesita abandonar su empleo de forma voluntaria y temporal, bajo determinadas circunstancias.

 

Causas que permiten solicitar el paro para autónomos

  1. Divorcio o separación matrimonial, en el caso de que los miembros de la pareja trabajaran juntos en la empresa.
  2. Violencia de género. Mujeres que se encuentran en esta situación de vulnerabilidad y tengan que cesar su actividad.
  3. Pérdida de licencia administrativa. Resulta esencial para hacer llevar a cabo algunas actividades.
  4. Motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción. Por ejemplo, cuando se producen pérdidas monetarias superiores al 10 % de los ingresos.
  5. Causas de fuerza mayor. Cualquier problema que no sea ninguno de los anteriores. Pero, ¡ojo!, en este caso, no se incluyen las enfermedades ni una crisis económica.

 

Requisitos de acceso del paro de los autónomos

Para pedir el paro de autónomos, deberás cumplir algunas condiciones como:

  • Por supuesto, estar afiliado y dado de alta en la Seguridad Social.
  • Haber cotizado, al menos, 12 meses consecutivos antes de pedir el cese.
  • Firmar un compromiso de actividad por el cual el autónomo asegura su reincorporación al mercado laboral cuando le sea posible.
  • No haber alcanzado aún la edad de jubilación.
  • Estar al corriente del pago de cuotas a la Seguridad Social.

 

Los trabajadores por cuenta ajena suelen tener claro que deben acudir al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para solicitar el subsidio por desempleo. Sin embargo, en el caso de los autónomos no es así: desde el pasado 1 de junio de 2019, una mutua colaboradora de la Seguridad Social es quien gestiona la prestación por cese de actividad.

Como novedad, a partir del 2023, puedes pedir un cese de actividad parcial con una base reguladora del 50 %. Echa un vistazo a la Orden PCM/74/2023 del 30 de enero de 2023.

 

¿Trabajas por cuenta ajena? ¿Necesitas apoyo para solicitar el paro de los autónomos? En nuestra asesoría laboral en Madrid te ayudamos a gestionarlo. Reserva ahora tu cita con nosotros.

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