Las empresas están obligadas a tener un plan de igualdad que garantice el mismo trato entre trabajadores y las mismas oportunidades. El objetivo del plan de igualdad es eliminar de las empresas las barrares que existen de discriminación y diferenciación entre hombres y mujeres.
Este plan de igualdad de imperativo cumplimiento se ha implantado de manera progresiva. En 2019 era obligatorio para empresas con 250 trabajadores o más; en 2020, para compañías con a partir de 150 en adelante; y desde marzo de 2021 es obligatorio para aquellas empresas de 50 trabajadores o más.
Implementar un plan de igualdad en la empresa es un gran reto. No solo por la gestión a nivel de documentos o nóminas, sino porque se enfrentan a una nueva cultura de empresa en la que las políticas internas pueden verse modificadas.
Por su parte, aquellas empresas que no estén obligadas a implantar el plan de igualdad, si quieren formar parte de una corporación con conciencia social, deberán llevarlo a cabo.
En el registro salarial no hay que dar información personal de tus trabajadores, sino que se trata de un documento en el que se aporta el valor medio de los distintos salarios clasificados por grupos. Es de obligatorio cumplimiento para todas las empresas, sin importar el número de trabajadores que tenga.
Este documento se presenta una vez al año y debe estar disponible tanto para la inspección de trabajo, así como para los representantes de los trabajadores y los propios trabajadores que lo pidan.
Si hay una brecha salarial en una empresa, debe estar justificada. Existen algunas razones que provocan esta desigualdad, por ejemplo:
En el caso de empresas con 50 trabajadores y una desigualdad mayor al 25 %, están obligadas a justificar los motivos en el registro salarial. De todos modos, es importante que la empresa luche por conseguir una igualdad entre los trabajadores, aunque no sea totalmente exacta.
Por otra parte, si la empresa no ha llevado a cabo un plan de igualdad o no ha elaborado el registro salarial obligatorio, puede enfrentarse a multas entre los 625 euros y los 6 250 euros.
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