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Calendario de la declaración de la Renta 2019-2020

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Ya conocemos el nuevo calendario de la declaración de la Renta y Patrimonio 2019. Como cada año, los contribuyentes tienen que hacer cuentas con Hacienda. Por eso, desde nuestra asesoría fiscal en Madrid te traemos las fechas clave.

 

6 fechas importantes que debes conocer en la Declaración de la Renta 2019

  • 31 de marzo. ¿Quieres que la Agencia Tributaria te ofrezca asistencia telefónica para ayudarte a presentar tu declaración? Solicita una cita online o llama a los números de contacto que ponen a tu disposición: 901 12 12 24 / 91 535 73 26 / 901 22 33 44 / 91 553 00 71.
  • 1 de abril. Primer día que comienza la campaña. Desde entonces, podrás solicitar y presentar el borrado de la declaración de la Renta y Patrimonio 2019 vía online o por teléfono.
  • 13 de mayo. Se inicia la presentación de la declaración anual en entidades colaboradoras, Comunidades Autónomas y oficinas de la AEAT.
  • 20 de mayo. Comienzan los ingresos y retenciones por rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuenta. 
  • 25 de junio. Fecha límite en la que concluye el periodo para presentar la declaración cuando el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta
  • 30 de junio. Fin del plazo para presentar el borrador si el resultado es a devolver, renuncias a la devolución, sale negativo o aparece como ingresos sin domiciliación del primer plazo.
  • 5 de noviembre. Último día para ingresar el segundo pago de la declaración en caso de haberlo fraccionado.

 

¿Qué novedades presenta la Declaración de la Renta este 2020?

En general, se mantienen los cambios de 2019, como las deducciones por maternidad, familia numerosa y personas con discapacidad al cargo, entre otras.

Sin embargo, uno de las novedades más significativas de este 2020 será la tributación de los premios. Si antes estaban exentos aquellos cuyo importe íntegro era igual o inferior a 20 000 €, para este año se prevé que se dé la misma situación en un número igual o inferior a 40 000 €.

 

En MZG Asesores somos especialistas en el asesoramiento de empresas. Si no quieres correr el riesgo de cometer ningún error en tu declaración, consúltalo con nuestro equipo de asesores fiscales y te ayudaremos en lo que necesites.

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