La factura electrónica obligatoria es una de las consecuencias de la Ley 18/2022 de Creación y Crecimiento de Empresas, más conocida como Ley Crea y Crece; y se debe adoptar a partir de 2023.
Esta normativa exige expedir y remitir facturas electrónicas obligatorias como único sistema que se podrá emplear en las relaciones comerciales entre empresas y autónomos.
Todos los empresarios y profesionales que trabajen con relaciones comerciales B2B, es decir, de negocio a negocio, tienen la obligación de emitir facturas electrónicas. Esta norma no aplica a las facturas que van dirigidas a consumidores o usuarios finales.
La obligatoriedad de la factura electrónica se aplica de manera diferente en las empresas según su volumen de facturación anual, o sea, que existen distintos plazos de implementación.
La emisión de facturas electrónicas obligatorias es una medida con unos objetivos claros y que ofrece ventajas como:
Todas las empresas y autónomos que no dispongan de facturas electrónicas obligatorias estarán incurriendo en una infracción administrativa. En este caso, podrían enfrentarse a sanciones con apercibimiento o una multa de hasta 10 000 euros.
Así, las pymes, empresas y autónomos deben adaptarse y digitalizar los procesos para lidiar con la obligatoriedad de la factura electrónica. En MZG Asesores contamos con un programa de gestión digital donde tendrás al alcance de la mano toda la información, documentación, recursos contables, datos de facturación y cobros… desde cualquiera de tus dispositivos de manera fácil y segura. ¿Necesitas apoyo de una asesoría contable? Contáctanos.
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