Si quieres contratar a alguien sin ser autónomo, es posible hacerlo. Pero solo en determinados casos. Te contamos cómo un particular puede contratar a un trabajador.
Eso sí, cuando necesites a alguien que te ayude en tu empresa, ya cuentes con una pequeña pyme con varios empleados o solo estés tú como autónomo, tienes que darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Quizás te interese echar un vistazo a esta guía de pasos a seguir para contratar a un trabajador.
No es necesario darte de alta si eres una persona particular y deseas contratar a alguien en el ámbito doméstico, para un servicio puntual de forma personal o si una comunidad necesita contratar a algún empleado.
- Presentar el modelo 036 a la Agencia Tributaria.
- Solicitar su Código Cuenta de Cotización (CCC).
- Dar de alta al trabajador en la Seguridad Social.
- Firmar y registrar el contrato de trabajo.
- Elaborar un plan de Prevención de Riesgos Laborales.
- Inscribir un fichero laboral en el Registro General de Protección de Datos (RGPD).
Ahora ya sabes en qué supuestos un particular puede contratar a un trabajador. Si aún tienes dudas o necesitas ayuda con esto, consulta a nuestros asesores laborales. Pide ahora tu primera reunión.
GESTORÍA EN MADRID
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Para hacerte cliente sólo tienes que ponerte en contacto con nosotros a través de uno de los siguientes canales:
1) A través de nuestro teléfono gratuito 91 565 09 04.
2) Nuestro email
3) Nuestro formulario de contacto indicándonos la hora que mejor te convenga para que te llamemos.
Nosotros te enviaremos un email indicándote la información necesaria para darte de alta como cliente y los pasos a seguir.
Nuestras tarifan incluyen una cobertura integral completa para las áreas contratadas. Todas tus obligaciones fiscales, contables, mercantiles y/o laborales están cubiertas. Solo varían dependiendo si eres una sociedad o un autónomo, consúltalos a continuación:
Además, si lo deseas puedes contratar los servicios adicionales, no incluidos en el honorario fijo mensual, para cuando los pueda necesitar tu negocio. Solo tienes que preguntar a tu gestor personal por estos servicios. Servicios adicionales no incluidos en el honorario fijo / mensual:
En nuestra web en la pestaña de Precios podrás encontrar nuestra calculadora de precios. Solo tienes que indicar si eres pyme o autónomo y qué servicio quieres contratar. En ambos casos puedes contratar los 2 servicios a la vez o solo contratar uno de ellos.
Gestión contable, impuestos y servicios mercantiles:
En el caso de servicio de gestión contable, impuestos y servicios mercantiles solo tienes que indicar el número aproximado de facturas que emites y recibes al mes (si en tu negocio utilizas una caja registradora, cada resumen de caja diario equivale a una factura).
Recuerda, si a lo largo del ejercicio tu actividad varía, nos adaptamos. Siempre pagarás por lo que necesitas.
Y si tu volumen de facturas supera 125 entre emitidas y recibidas, por favor ponte en Contacto con nosotros y te diseñamos un plan a tu medida.
Nóminas y gestión de personal:
En el caso de servicio de nóminas y gestión de personal solo tienes que indicar el número de empleados que tienes.
Formas de pago:
El pago del servicio se realiza mes a mes por domiciliación bancaria. Durante el proceso de contratación se te solicitará la cumplimentación del mandato SEPA para la domiciliación de los recibos.
Todos los meses pagarás la misma cuota, sin sorpresas, siempre y cuando se mantengan las mismas características expuestas a la hora de contratación de los servicios. Sin embargo si en un futuro, tu negocio evoluciona y tienes menos facturas o menos empleados, tu tarifa se verá reducida. De igual forma, si tienes más facturas o más empleados, pasarás al siguiente paquete. De todas maneras, cualquier modificación sobre tu tarifa se te notificará con 15 días de antelación.
Los clientes de MZG Asesores se pueden poner en contacto con su gestor personal a través de diferentes canales: teléfono, aplicación de mensajería e email.
Nuestro horario de atención al cliente en nuestra oficina de Madrid es de lunes a jueves de 8 a 17 horas y los viernes de 9 a 14 h; en Torrejón de Ardoz es de lunes a viernes de 7 a 15 horas.
Si tu gestor está ausente (vacaciones, baja u otros motivos) automáticamente se te asigna a un suplente hasta que vuelva tu gestor habitual, para que nunca quedes desatendido.
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